Por decreto, el Gobierno estableció un cupo laboral para travestis, transexuales y transgénero. La medida fue anunciada este viernes en el Boletin Oficial.
A través del Decreto 721/2020, el Gobierno estableció un cupo laboral mínimo de personas travestis, transexuales y transgénero en el sector público y, de esta manera, se adelantó a varios proyectos de ley que buscaban lo mismo y se estaban debatiendo en el Congreso.
Entonces, acorde a esta medida, “los cargos de personal” en el Estado deberán ser ocupados “en una proporción no inferior al 1% de la totalidad de los mismos” por integrantes de esa comunidad, siempre que “reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo” y en “cualquiera de las modalidades de contratación vigentes”.
Para garantizar que esta normativa se cumpla, «se deberán establecer reservas de puestos de trabajo a ser ocupados exclusivamente” por ese grupo de la comunidad LGBT y, al mismo tiempo, se guardarán “las vacantes que se produzcan” por la salida de “los y las agentes que hayan ingresado” bajo este régimen.
Por otra parte, el decreto aclara que: “en ningún caso” esta norma “debe implicar el cese de las relaciones laborales existentes”, por lo que no se podrá despedir a los empleados públicos en actividad para garantizarles el lugar a los nuevos ingresantes.
Cabe destacar que este decreto, beneficia a todas “las personas travestis, transexuales y transgénero, hayan o no efectuado la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre de pila e imagen”.
Entre sus principales objetivos regirá la «no discriminación” a partir del cual se remarcó que estos trabajadores tienen derecho a la “protección contra el desempleo”, por lo que “no podrán establecerse requisitos de empleabilidad que obstruyan” su acceso al mundo laboral. Por lo que, en base a su tercer articulo, “el requisito de terminalidad educativa no puede resultar un obstáculo para el ingreso y permanencia en el empleo” de los integrantes de este grupo que, en cambio, podrán comenzar a trabajar “con la condición de cursar el o los niveles educativos faltantes y finalizarlos”.
El Gobierno creó, además, un “Registro de Anotación Voluntaria de Personas Travestis, Transexuales y/o Transgénero Aspirantes a Ingresar a Trabajar en el Sector Público Nacional”, el cual contendrá los perfiles laborales de los interesados, aunque no será obligatorio estar dentro de esta lista para conseguir el empleo.
Se ordenó la formación de una Unidad de Coordinación Interministerial que estará compuesta por representantes de diferentes áreas y, entre otras cuestiones, hará “un diagnóstico inicial” de la situación laboral de estas personas en el ámbito estatal y elaborará un plan para la implementación de estas nuevas reglas. Esto permitirá que se trabaje de forma de manera conjunta para garantizar el cumplimiento de la ley en todo el territorio nacional.