Se promulgó la ley de Teletrabajo, ¿sabés de qué se trata?

Este viernes el ejecutivo nacional oficializó la Ley de teletrabajo que semanas atrás había sido aprobada por el Congreso Nacional. La ley entrará en vigencia 90 días después que finalice el aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Se aplicará este régimen cuando la tarea a desempeñar “sea efectuada total o parcialmente en el domicilio de la persona que trabaja, o en lugares distintos al establecimiento o los establecimientos del empleador, mediante la utilización de tecnologías de la información y comunicación”.

Quienes ejerzan el teletrabajo tendrán los mismos derechos y obligaciones que quienes trabajen de manera presencial. Obviamente, los sueldos no podrán ser inferiores. 

Cada empresa “debe proporcionar el equipamiento -hardware y software-, las herramientas de trabajo y el soporte necesario para el desempeño de las tareas, y asumir los costos de instalación, mantenimiento y reparación de las mismas, o la compensación por la utilización de herramientas propias” del personal. El empleado deberá cuidar los elementos y deberá recibir capacitación.

Por otra parte, quienes “acrediten tener a su cargo”, el cuidado de menores de 13 años, personas con discapacidad o adultas mayores con los que convivan y que requieran asistencia específica, “tendrán derecho a horarios compatibles con las tareas de cuidado a su cargo y/o a interrumpir” su actividad laboral.

A su vez, la normativa prevé que “el empleador no podrá exigir a la persona que trabaja la realización de tareas, ni remitirle comunicaciones, por ningún medio, fuera de la jornada” y no podrá sancionarla si se desconecta fuera de su horario o “durante los períodos de licencias”.

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